Acorde a las disposiciones legales vigentes, en el Decreto 321/009, que comprende a todas las actividades agropecuarias realizadas en explotaciones agrícolas, incluidas la producción agrícola, los trabajos forestales del establecimiento agrícola, la cría de animales y la cría de insectos, la transformación primaria de los productos agropecuarios por el encargado de la explotación o por cuenta del mismo, la utilización y el mantenimiento de maquinaria, equipo, herramientas e instalaciones agropecuarias y cualquier proceso, almacenamiento, operación o transporte que se efectúe en una explotación agropecuaria, que estén relacionados directamente con la producción agropecuaria.
Botiquín de primeros auxilios Artículo 89.- En el lugar de trabajo y ubicado de manera accesible a los trabajadores deberá existir un botiquín de primeros auxilios que deberá contar con los siguientes elementos:
- 1 Botiquín de plástico con teléfonos de emergencia
- 6 paquetes de gasas estériles
- 1 paquete de algodón hidrófilo
- 1 cinta adhesiva hipoalergénica
- 2 vendas de lienzo
- 1 agua oxigenada de 10 volúmenes (100ml)
- 1 solución antiséptica externa (iodofón 100ml)
- 2 paquetes de apósitos para quemaduras (propóleos)
- 2 paquetes de analgésicos orales (ibuprofeno)
- 1 jabón neutro líquido
- 1 pomada analgésica muscular
- 1 tijera quirúrgica de acero de punta roma
- 5 tablillas para inmovilizar fracturas (pequeñas)
- 1 paquete de antialérgicos (10 comprimidos)
- 1 suero fisiológico de 100 ml
- 1 protector solar (factor 30)
Si desea personalizar su kit indíquenos en el comentario del mensaje y lo asesoraremos.